En las condiciones generales de contratación de los seguros, normalmente se explican los derechos y deberes tanto del asegurado, como del asegurador. En el momento que se produce un siniestro total, la indemnización está basada en el valor venal del vehículo, el cual es el valor que obtendría el automóvil justo antes del accidente, este valor se consulta normalmente en unas tablas que realiza la empresa Eurotax, a partir de las estadísticas de ventas de coches como el suyo, y teniendo en cuenta su antigüedad y kilometraje.
Según la normativa fijada en el Boletín Oficial del Estado de la Dirección General de Seguros, en el artículo treinta y tres del Anexo 2, la tasación de un vehículo siniestrado se apreciará con arreglo al valor venal del vehículo, y se liquidará según este valor deduciendo el valor de restos, que es el valor que tienen los restos del automóvil después del accidente.
Por esta normativa, en el momento que su compañía de seguros le va a indemnizar, le ofrecerá el valor venal del vehículo menos el valor de restos, dándole la opción de vender estos restos a un tercero que previamente ofertó por el mismo.
De esta manera, el asegurado podrá dejar de hacerse cargo de los restos de su vehículo, pudiendo obtener la totalidad del valor venal. Si por el contrario, el asegurado lo quiere vender o arreglar por su cuenta, podrá hacerlo sin problemas.